CANAL TELESUR (DE DIFUSIÓN EN TODO
AMERICA LATINA), ATV Y OTROS MEDIOS CUBRIENDO LUCHA CONTRA EL D.S. Nº
011-2017-TR
Así
cubrió la prensa internacional y nacional nuestra movilización y plantón efectuado el día martes 4 de julio de 2017,
por la derogatoria del ilegal D.S. Nº011-2017-TR.
Es
ilegal este Decreto Supremo 011-2017-TR, en
su Art. 1º, porque señala “conforme
a lo establecido en la Ley Nº 30484 la Comisión Ejecutiva tiene por objeto la
revisión de las reclamaciones administrativas y/o judiciales interpuestas hasta
el 6 de julio de 2016…”; sin embargo la Ley Nº 30484 en ninguna de sus
disposiciones establece el plazo hasta el 6 de julio del 2016, entonces quieren
establecer plazos donde la Ley no establece plazos, DESNATURALIZANDO la propia
ley, por eso es ilegal y tramposo este D.S. 011-2017-TR.
En su
Art. 6º de este ilegal D.S. Nº 011-TR
obligan al desistimiento judicial de demandas, significando este hecho el
desamparo total a los despedidos, porque nada les garantiza a que salgan
inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente –
RNTCI, y menos aun que logren su reincorporación; entonces si no garantiza nada
y el MTPE es campeón en no cumplir las sentencias judiciales que han quedado
firmes, cómo es posible que antes de ser inscritos en el RNTCI obliguen al
desistimiento oficial; siendo este hecho un acto discriminatorio y muerte
segura a todos los despedidos.
En su
art. 10º, entre un barullo de disposiciones, centralmente condicionan a la
reposición a la existencia de plaza vacante y presupuestada reactivando
ultractivamente el Art. 14º del D.S. Nº 014 de la Ley 27803, el mismo que está
derogado por la Ley 29059 y 30484. Claro está, para la reincorporación basta
estar inscrito en el RTNCI e inclusive la autoridad estatal debe empeñarse en
modificar el CAP y PAP y el ROF creando
en su estructura orgánica la plaza para ser reincorporado, en cumplimiento del
Art. 4º de la Ley 30484.
Así,
una serie de imposibles jurídicos que lesionan gravemente el principio-derecho de igualdad ante la ley, la no discriminación
por naturaleza de las personas, la imposibilidad de la doble sanción en vía
administrativa con la figura de la cosa juzgada, lesionando el principio de NE BIN IN IDEM (nadie puede ser
sancionado dos veces por un mismo hecho), el debido proceso, transparencia.
Por
estas consideraciones, presentamos la impugnación en vía administrativa,
procesos de acción popular, procesos de amparo por inaplicación del ilegal de
ese D.S. 011-2017-TR y Medida Cautelar Supranacional contra el Estado peruano y
sus funcionarios ante la CIDH.
Asimismo,
continuaremos con movilizaciones masivas de trabajadores despedidos por la
expulsión de la esfera jurídica de este engendro, que en el fondo pretende liquidar
la reincorporación de decenas de miles de trabajadores despedidos, para
profundizar la flexibilización laboral y la política del “cholo barato” para
generar grandes ganancias a las transnacionales y empresas nacionales que hoy
implementan redoblada explotación contra humildes obreros y trabajadores, como se
ha visto en el caso del incendio de Las Malvinas, donde jóvenes peruanos prácticamente
murieron calcinados ante la indolencia de las autoridades del Estado peruano,
que descubierto esta tremenda explotación buscan chivos expiatorios en
individuos, funcionarios, alcaldes y hasta ministros; cuando es el modelo económico
neoliberal salvaje y capitalista el que somete a esta explotación laboral; de
esta manera pretenden perpetuar y aplicar
a nuestros hijos y a las generaciones venideras, a esto le llaman milagro
económico que sólo sirve al gran capital y a la CONFIEP. Todo esto con el aval cómplice
y colaboracionista del oportunismo de las cúpulas de centrales sindicales que en el caso especifico de los ceses irregulares
avalaron la creación de este ilegal Decreto Supremo Nº 011-2017-TR en su Segunda
Sesión de Comisión Ejecutiva y allí están sus firmas y no lo podrán negar;
con estos falsos representantes, para qué queremos enemigos; y siguiendo a
estos verdugos están los furgones de cola llamados “socios estratégicos”,
llamando a todos los despedidos al desistimiento de sus demandas judiciales,
esos tendrán que rendir cuentas cuando humildes despedidos se vean en desamparo
total.
¡¡NO AL DESISTIMIENTO DE LAS
DEMANDAS JUDICIALES!!
¡¡Y VA A CAER Y VA CAER EL 011 VA
CAER!!
¡¡NO AL ENGENDRO D.S. Nº 011!!
¡¡DESPEDIDOS DEL PERU: REPOSICIÓN,
NUNCA MÁS DESPIDOS!!
¡¡FUNETCINCENCES LUCHANDO POR EL
CONJUNTO!!
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