jueves, 21 de septiembre de 2017

Consideramos que jurídicamente no es posible modificar, desnaturalizar y derogar una ley mediante una norma de menor rango como un Decreto Supremo; por tanto esa norma es inconstitucional.
PRONTO LA CIDH RESOLVERA  EL ILEGAL D.S. N° 011-2017-2017, QUE MODIFICA, DESNATURALIZA DISPOSICIONES DE LA LEY N° 30484, PERJUDICANDO A LOS DESPEDIDOS DE LA DECADA DE LOS 90, DE CESES IRREGULARES.
1.- Habiéndose cometido otro genocidio laboral más con 40,000 despedidos durante la década de los noventa aprox.  que presentaron sus reclamaciones al amparo de la Ley N° 30484 de parte de miembros de la Comisión Ejecutiva (funcionarios del Ejecutivo y malos representantes del oportunismo) con la publicación de la insuficiente relación de la R.M. N° 142-2017-TR, y pretendiéndose liquidar totalmente para que no quede rastro alguno de tamaño crimen, el Estado mediante la Comisión Ejecutiva está terminando su Informe Final donde “justificaran” EL  GRAN FESTIN que se promovió mediante listados unilaterales con los ceses irregulares.
2.-   Para este propósito irregular,  no se respetó mínimamente el debido procedimiento administrativo, igualdad ante la Ley, transparencia y la no discriminación, por cuanto A MANU MILITARI se ha procedido a clasificar y calificar los expedientes aplicando los mismos criterios que se aplicaron en las cuatro listas anteriores, procesos fraudulentos y totalmente cuestionados que ha motivado consecutivas leyes de nueva revisión, justamente por ser procesos corruptos.
3.- Que ha cambiado ahora en este nuevo listado? NADA, al contrario se ha agudizado más el problema social, y era de esperarse, porque se aplicaron LOS MISMOS CRITERIOS CORRUPTOS DE LAS CUATRO LISTAS ANTERIORES, mismos criterios, mismos procedimientos y mismos ejecutores; es decir, una misma política y método de liquidar nuestros derechos. Para esto han preparado todo un plan desde el Reglamento Interno de calificación, actas de acuerdos en reuniones de Comisión, hasta dispositivo normativo de la Ley 30484; con premeditación como en el año 2002 los miembros de la Comisión Ejecutiva, han abdicado o renunciado a calificar físicamente todas las reclamaciones, dando ese encargo al Secretario Técnico de la C.E. que ordenando a sus subordinados en las mesas de trabajo, aplicaron la guillotina a los que no están representados dentro de la Comisión Ejecutiva; es decir, una abierta discriminación, EL LISTADO DA ESA LECTURA.
4.- Un informe pericial y agudo descubrirá todo ese nuevo crimen cometido contra despedidos humildes.  Como será de escandaloso que hasta la Defensoría del Pueblo, siendo integrante de la Comisión por escrito con el Informe Defensorial 021-2017 denuncia que en el proceso de calificación LA COMISION NO HA  REVISADO FISICAMENTE LOS EXPEDIENTES, sino que todo se ha realizado en mesas de trabajo hecho a la altura y medida del Secretario Técnico, viejo conocedor de estas lides desde el año 2001.
5.- Y para dar el tiro de gracia, y derogar algunos beneficios que brinda la Ley 30484, La Comisión Ejecutiva en su seno engendra el Proyecto y luego D.S. N° 011-2017-TR, para derogar el derecho de libertad de acción jurídica sin desistimientos en tanto no hay reposición efectiva, libertad de reposición sin restricción alguna hasta los 70 años como manda la Ley, libertad de implementar solicitudes con pretensión de reposición laboral sin compulsión de exigencia de formatos tramposos donde importa el fondo de la pretensión y no la forma y finalmente establecer plazos donde la Ley no establece.
6.- Esto es más ilegal, por cuanto si leemos detenidamente los seis artículos y la disposición complementaria final y complementaria derogatoria de la Ley N° 30484, en ningún artículo establece plazos para la revisión de  las reclamaciones presentadas; Sin embargo, en el Artículo 1° del D.S. N° 011-2017-TR literalmente dice:
“Conforme a lo establecido en la Ley N° 30484, la Comisión Ejecutiva tiene por objeto la revisión de las reclamaciones administrativas y/o judiciales interpuestas hasta el 6 de Julio de 2016 contra la Resolución Suprema N° 028-2009-TR, aplicando el criterio de analogía vinculante”
7.- Nos preguntamos: ¿en qué parte de la Ley establece la fecha límite de reclamación contra la R.S. N° 028-2008-TR? LA LEY NO FIJA FECHA EN ESTE SENTIDO, y sin embargo con una norma de menor rango modifican el contenido de una Ley, lo cual contraviene la Constitución. Esta es una pequeña muestra.  Y así aplicaron a manu militari el proceso de calificación, sabiendo que están incursos en error, no han hecho nada de oficio por enmendarlo, y como sabemos EL ERROR NO GENERA DERECHO, por lo que es aplicable la doctrina de la nulidad de los actos jurídicos, siendo causales de nulidad estos actos contrarios a la Constitución, la Ley y las reglas.
8.- Ahora bien, ni que decir de la obligatoriedad de desistimientos judiciales en procesos iniciados tiempo atrás de publicado el D.S. 011  y la norma y leyes no tiene carácter retroactivo; y consonante con ello, ni que decir de la obligatoriedad de implementar formatos coaccionantes a desistimientos judiciales. Y todo esto por una sencilla razón: a la fecha, habiendo pasado más de  ocho años de haber salido en la cuarta lista del año 2009, más de 2,000 despedidos no logran su reposición efectiva y si no hacen su proceso judicial jamás entran a trabajar, a pesar que tienen el derecho reconocido por el Estado, justamente por eso muchos despedidos tienen su juicios en trámite por no están considerados en ninguna lista y otros por no lograr su reposición efectiva. Y hoy, el D.S. los obliga a desistirse de ese derecho de acción. Entonces aflora el plan de no reponernos en nuestros trabajos y cansarnos y muchos fallecerán y otros optaran por una compensación diminuta y están a expensas de la más miseria de los desocupados. ESO NO QUEREMOS.
9.- Por ello, estamos en dura lucha legal a nivel nacional y supranacional, CON TODAS ESTAS CONSIDERACIONES Y CON MEDIOS DE PRUEBAS VALIDOS, NOS HEMOS APERSONADO ANTE LA CIDH – WASHINGTON, Y HEMOS PRESENTADO DENUNCIA CONTRA EL ESTADO PERUANO POR VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA CONSTITUCIONAL, SOCIAL, CULTURAL Y LABORAL Y PRONTO DICHA ILUSTRE CIDH, EMITIRA PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL NEFASTO D.S. N° 011-2017, EL REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO Y OTRAS NORMAS LESIVAS MAS. NO PUEDE HABER VIOLACIONES DE DERECHOS CONTRA LOS DESPEDIDOS Y MENOS DISCRIMINACION, NI VENGANZA, POR EXIGIR JUSTICIA PARA LOS SECTORES MÁS VULNERABLES COMO SON LOS DESPEDIDOS.
¡SI NUESTROS CUERPOS SE VAN, NUESTRO EJEMPLO Y ACTOS PERDURARAN PARA SIEMPRE!
CUMPLIMOS CON INFORMAR DOLOROSAMENTE EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE NUESTRO QUERIDO COMPAÑERO DE LA BASE DE JUNIN SR. CEFERINO MATOS PARRAGA, QUIEN FALLECIO EL DIA 17 DE SETIEMBRE 2017, NUESTRAS CONDOLENCIAS A SUS FAMILIARES, NOS ADELANTA UN GRAN Y CONSECUENTE COMPAÑERO DESPEDIDO. TAMBIEN NUESTRAS CONDOLENCIAS A LOS FAMILIARES DE TODOS LOS DESPEDIDOS QUE HAN FALLECIDO EN ESTA LARGA BREGA POR LA JUSTA RECLAMACION LABORAL DE REPOSICION QUE YA VAN 27 AÑOS DE LUCHA DIARIA. ASIMISMO, LLAMAMOS A TODOS LOS DESPEDIDOS A MOSTRAR NUESTRA GENEROSIDAD Y SOLIDARIDAD CON COMPAÑEROS QUE ACTUALMENTE ESTAN ENFERMOS Y OTROS CON CANCER TERMINAL, A TODOS ELLOS LOS DEBEMOS APOYAR DE ALGUN MODO.
¡ESTA ES LA OBRA Y EL MILAGRO DEL NEOLIBERALISMO!
 




martes, 5 de septiembre de 2017

 Y SE CONFIRMÓ LO QUE FUNETCINCENCES VENIA DENUNCIANDO
Partimos de una lógica universal,  ‘lo que es bueno para el patrón, es malo para el trabajador, y lo que es malo para el patrón, es bueno para el trabajador’; más aún cuando estamos inmersos en el modelo económico neoliberal.

Funetcincences, bregó y seguirá bregando por la restitución del derecho a reponerse a sus centros laborales sin discriminación alguna para todos los trabajadores despedidos durante la década del noventa, ese es nuestro propósito y sin ambages; y en ese objetivo, el último quinquenio nos hemos atrevido a proponer una iniciativa legislativa que nació de la cabecitas de las masas más humildes de los despedidos en este caso de humildes obreros y trabajadores bajo las condiciones duras del despido.

Así, terminada ya la elaboración de nuestra iniciativa legislativa acudimos al Parlamento de la República a fin de encontrar alguna bancada que lo pueda hacer suyo, y logramos la aceptación de la bancada de Solidaridad Nacional encabezado por el congresista Antonio Zevallos, para luego bregar por su aprobación en la Comisión de Trabajo, posteriormente en el Pleno, hasta su promulgación por el Presidente del Parlamento (no lo firmó el entonces presidente Humala, porque sirviendo a los neoliberales lo observó), es decir, una Ley gestada, peleada y hecha realidad por las masas consecuentes del Funetcincences y repetimos una vez más por el Funetcincences, y no por el oportunismo enquistado en cúpulas de las centrales sindicales cgtp, ctp, cite cut y finatraci y sus socios estratégicos, en razón que estos sostenían que era difícil imposible y hasta negativo sacar una ley, más bien promovían la solución para un grupete de allegados vía resolución suprema o decreto supremo, eso era su máxima aspiración
Conscientes de nuestro papel y desprendiéndonos de todo interés subjetivo, nosotros los integrantes del Funetcincences empujamos esta ley, con el claro propósito de servir al conjunto, al colectivo, a todos, sin discriminación alguna, porque consideramos que todos somos víctimas de despido ilegal y allí cerramos filas hasta siempre.

Y los despedidos haciendo e hicieron eco nuestra pretensión se sumaron a este objetivo sano, repudiando la actitud de los que promovían el clientelaje económico y político, bajo la mascareta de “ampliación de cuarta lista” sólo para CUATRO MIL y allí han reciclado inclusive ex congresistas que practicando el método de colusión y pugna han hecho causa común.
Pero así se ha dado esta reclamación, hoy vemos como el Estado en colusión con el oportunismo solamente sacaron un listado de 8,855 beneficiados y para barajar el negocio han incorporado a unos cuantos que sí cumpliendo con todos documentos y ajustado a ley merecían su inscripción desde el año 2002 y no ahora último, después de 15 años, lo cual es un crimen.  Y cumpliendo con sus restricción y negación se atrevieron a discriminar a más de 40 mil despedidos que también teniendo derecho son condenados nuevamente a la muerte laboral y civil.

Es más, para que no se beneficie a los despedidos y se restringa mucho más el derecho, el Estado coludiéndose con el oportunismo aprobaron un Reglamento Interno y un Reglamento Normativo Ejecutivo con el D.S. N° 011-2017-TR para dar el puntillazo final al derecho de reposición, al obligar vía Decreto a un desistimiento judicial compulsivo e ilegal, a la negación de reincorporación, al que pase de la edad de la jubilación legal, o sea el que tiene más de 65  años a  no puede reincorporarse; asimismo, reincorporación solamente en plazas presupuestadas existentes del año 2017, y del 2016 al 2002 no pasa nada. Eso aprobaron en sendas sesiones de la Comisión Ejecutiva y allí están las actas debidamente firmados por estos verdugos de los trabajadores.

Y en el colmo de abuso de autoridad, se han aliado y condicionado que para presentar el derecho de reposición una vez salido en la relación en el diario El Peruano, deben hacerlo en un Formato tramposo conducente al desistimiento de demanda judicial, y allí han direccionado todos los funcionarios del MTPE y todos los verdugos de las cúpulas incluido esos socios estratégicos, asi hoy miles de trabajadores despedidos no tienen su escudo legal y están con la soga en el cuello y dentro de la esfera jurídica del D.S. N° 011-2017-TR, a ese matadero los han confinado estos individuos.

Ahora vemos en la publicación de la web del MTPE, que solamente existen plazas vacantes presupuestadas 522 a nivel nacional para cubrir el problema de la desocupación en nuestro país, y esto es así porque el Reglamento Interno y el D.S. N° 011-2017-TR restringe a su mínima expresión las plazas  y ahora miles de trabajadores despedidos se han desistido de sus demandas y no pueden reactivarlo porque ya ha sido consentido por el Juzgado.  Y al ojo de buen cubero más de 8,300 que salieron en los listados no podrán reincorporarse y entonces para que se ha luchado tanto y el oportunismo a cacareado, y festinado con los ceses irregulares. Claro, la idea entonces era que a estos “despedidos pobrecitos” aunque sea le damos su compensación diminuta y con eso cuenta saldada.  Ese ha sido el plan macabro de estos, que hoy inclusive se arrogan titularidad de la Ley, gestores de la ley, que gracias a ellos han salido los 8 y picos de beneficiarios y en el colmo de la sinvergüencería luego de pasarles la chaveta a los despedidos les dicen ahora presenta tu reconsideración y mediante ese recurso te voy restituir; cosa más insultante para un honesto trabajador despedidos.

Deben saber esos facinerosos y nuestro querido pueblo peruano de todo logrado hasta hoy al amparo de la Ley 30484 incluido los 8,855 beneficiados y los más beneficiados que vendrán son obra y lucha del Funetcincences, porque el oportunismo jamás ha planteado iniciativa legislativa y menos ha luchado, al contrario cuando nos masacraban con bombas, chorros de agua, perros policías, caballos, varazos, presos, heridos, estos miserables miraban sólo de lejos y de la ventana y luego de logrado la promulgación de la Ley, cual gallinas se acercaban para comer la mazorca del maíz esa es su naturaleza ese es su papel del oportunismo.
Previniendo todo estas restricciones y negaciones, Funetcincences elaboró su propia solicitud, ajustado a derecho, por el cual planteó el acogimiento al beneficio de reincorporación implicando a la vez el ilegal D.S. N° 011-2017-TR, el cual no ha sido del agrado de los funcionarios del MTPE, porque les rompía el esquema de restringir el derecho de reposición, en razón de mantener viva sus demandas judiciales, y mediante orden del juez, lograr la reincorporación; en cambio el que ya se desistió no tiene demanda y está en las garras del D.S. N° 011-2017-TR.

Sobre este desenlace y futuras defensa honestas y justas para el despedido apersonarse a las asambleas del Funetcincences en el Jr. Conde de Superunda N° 574, costado del convento Santa Rosa  todos los días sábado  a horas 9 am.



viernes, 1 de septiembre de 2017

S


SANCIÓN Y CÁRCEL PARA LOS ASESINOS DEL PUEBLO
El Funetcincences expresa con todas sus fuerzas su repudio a los cobardes y asesinos del pueblo y masas humildes desprotegidas, como lo ocurrido el día de ayer 31 de agosto de 2017, con el asesinato del maestro Angel Retuerto del SUTE Regional Ancash;  a cuya familia y colegas de trabajo les expresamos nuestras condolencias y en ese dolor nos unimos y asumimos firmemente a luchar por una educación pública y gratuita para nuestros hijos, nietos y demás descendientes.
Hacemos nuestro, sus reclamaciones contra el modelo económico neoliberal, contra la profundización de la flexibilización laboral, contra la privatización de la escuela pública, contra los despidos masivos bajo el engaño de evaluaciones.
Nosotros los despedidos de la década del noventa, somos la carne viva de lo que implica las consecuencias de un despido masivo, que en el fondo se concreta una declaración de muerte civil y laboral, por cuanto un despedido no encuentra trabajo y es víctima de una vil explotación por más de 14 horas de trabajo diario y un pago de 500 soles mensuales aproximadamente, y de este monto descontando pasajes y alimentos,  no nos queda nada para nuestras familias; es decir, se trabaja solamente para sobrevivir, por ello en el caso de la familia de despedidos, para cubrir sus principales necesidades, trabaja el despedido, la esposa, los hijos y hasta  los nietos en tierna edad y en mil oficios, resistiendo las duras consecuencias del nefasto modelo económico neoliberal y la vil explotación, en tanto los gobernantes en colusión con el oportunismo de distinto pelaje, lo tienen todo; y así se acrecienta a gran escala la desigualdad…¡ese es el milagro económico que tanto revientan los neoliberales!
Por ello nos duele de sobremanera, ver como un hermano maestro cae en la lucha por defender sus derechos laborales en manos de carniceros, que se sadiquean con masas humildes desprotegidas, pero no hay mal que dure cien años ni cuerpo que lo resista, cada día que masacran a los maestros y al pueblo, se va adquiriendo mayor conciencia y no podrán callarnos y siempre escucharán nuestra voz de protesta por JUSTICIA.
 ¡Por estas razones defendemos el trabajo estable aun a costa de nuestra propia existencia!