El Tribunal Constitucional ha emitido
una sentencia producto de la demanda planteada por el Funetcincences y señala categóricamente
que la comisión Ejecutiva era la única autorizada para la evaluación y
calificación de todos los expedientes presentados por la Ley 29059; sin
embargo, la calificación lo realizó el Secretario Técnico del MTPE vulnerando la
propia ley, por lo tanto sus cartas remitidas con fecha 3 de setiembre de 2009
y su calificación efectuada indebidamente son nulos y, nuestros derechos se
encuentran vivos más que nunca, que posibilitan la apertura al Registro
Nacional de Ceses Irregulares. Amplia información
sobre los mecanismos para proceder se brindará en nuestras oficinas o en la
Asamblea de todos los días Sábados a las 10 a.m. en el Auditorio Bulevar Quilca,
ubicado en Jr. Quilca Nº 263 (a una
cuadra de la Plaza San Martin)
NUESTRA SEDE CENTRAL DEL
FUNETCINCENCES JR. CARABAYA Nº 940, OFICINA 408
A MEDIA CUADRA DE LA PLAZA SAN MARTIN.
TELEFONO 7262278
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Todos los contactos de los despedidos
del Perú pueden hacerlo directamente o mediante Correo Electrónico
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