jueves, 5 de septiembre de 2013


El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia producto de la demanda planteada por el Funetcincences y señala categóricamente que la comisión Ejecutiva era la única autorizada para la evaluación y calificación de todos los expedientes presentados por la Ley 29059; sin embargo, la calificación lo realizó el Secretario Técnico del MTPE vulnerando la propia ley, por lo tanto sus cartas remitidas con fecha 3 de setiembre de 2009 y su calificación efectuada indebidamente son nulos y, nuestros derechos se encuentran vivos más que nunca, que posibilitan la apertura al Registro Nacional de Ceses Irregulares.  Amplia información sobre los mecanismos para proceder se brindará en nuestras oficinas o en la Asamblea de todos los días Sábados a las 10 a.m. en el Auditorio Bulevar Quilca, ubicado en Jr. Quilca Nº 263  (a una cuadra de la Plaza San Martin)

NUESTRA SEDE CENTRAL DEL FUNETCINCENCES JR. CARABAYA Nº 940, OFICINA 408  A MEDIA CUADRA DE LA PLAZA SAN MARTIN.
TELEFONO 7262278
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