PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL FALLO DE LA HAYA
Sobre el fallo que
emitirá la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya el día 27 de Enero
del presente año, los trabajadores Cesados Irregularmente comprendidos en las
leyes Nos 27803, 28299 y 29059 afiliados al “Frente Único Nacional de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente no
Comprendidos en Ninguna Central Sindical”- FUNETCINCENCES, expresamos lo
siguiente:
1.
Los trabajadores cesados
irregularmente durante la década 1990-2000, expresamos nuestra posición de
defensa irrestricta de nuestra soberanía nacional e integridad territorial de
una parte del suelo y mar (37,900 Km2) que pertenece al pueblo peruano, donde
Chile ha venido usufructuando nuestros recursos naturales, mineros, energéticos
y biológicos, sobreexplotándolo y agotando una fuente de riqueza.
2.
Desde el siglo XVIII las
clases dominantes de España, Inglaterra, EE.UU, Chile (en ese orden) han
intervenido directamente en el tema de nuestras fronteras; y frente a esta
agresión, es el pueblo peruano el que ha asumido la defensa de la soberanía y
el territorio nacional, derramando su sagrada sangre y hasta ofrendando su
propia existencia física.
3.
Frente a la defensa de la
Soberanía Nacional y el territorio peruanos, la clase dominante nativa nada ha
hecho por defenderla, en muchos casos ha avalado y hasta ha contribuido con las
agresiones; otros han guardado silencio cómplice, a cambio de beneficiarse como
clase o grupo.
4.
Por ello, estamos por
defender la soberanía nacional y nuestro territorio, estando siempre al lado de
los trabajadores, al lado de nuestro pueblo, que finalmente es el que asume la
defensa con desinterés individual y de grupo, siempre pensando en el conjunto;
es decir, pensando en el pueblo peruano.
¡Defender la Soberanía
Nacional y nuestro territorio!
¡Abajo el neoliberalismo y
solidaridad de clase con las luchas del pueblo peruano y el mundo!
¡Despedidos del Perú:
Reposición, nunca más despidos!
¡Exigimos nueva ley
restitutoria que apruebe UNA QUINTA LISTA de ceses irregulares de las leyes Nos
27803, 29059!
Lima, Enero de 2014
Junta Directiva Nacional
FUNETCINCENCES
No hay comentarios:
Publicar un comentario