sábado, 31 de diciembre de 2016

MODELO DE APELACION  POR DENEGATORIA FICTA DE LA RECONSIDERACION CONTRA EL REGLAMENTO INTERNO QUE DISCRIMINA A LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS DE LA DECADA DEL NOVENTA


jueves, 29 de diciembre de 2016

IMPEDIR LA DISCRIMINACIÓN DE LOS CESES IRREGULARES DE LA LEY 30484 CON LUCHAS EN LAS CALLES

Ayer 28 de diciembre de 2016, una vez más nos hemos movilizado al MTPE para exigir incorporación en Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente - RNTCI sin discriminación para todos los despedidos, contraponiendo los intereses del Estado y del oportunismo en querer reducir nuestros derechos a un número máximo de 4 mil.
Nuestros actos lo demuestran y el trato con las autoridades del Ministerio de Trabajo continua en defensa del conjunto.
Hoy continua las conversaciones en la reunión fijada para las 9 de la mañana con la participación de nuestros 22 Delegados Regionales con autoridades del MTPE en estricto respeto de la garantía de la libertad sindical.




martes, 27 de diciembre de 2016


PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN POR SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO.  A TODAS LAS SOLICITUDES DE REVISION DE CESE IRREGULAR PRESENTADAS AL AMPARO DE LA LEY Nº 27803, DISCRIMINADAS EN LOS TRES PRIMEROS LISTADOS.


FUNDAMENTO JURÍDICO:

El Artículo 188.3 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece lo siguiente: “El silencio administrativo negativo tiene por efecto habilitar al administrado la interposición de los recursos administrativos y acciones judiciales pertinentes”.

El Art. 188.5 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General establece “el silencio administrativo negativo no inicia el cómputo de plazos, ni términos para su impugnación”.

ACTOS CONCRETOS:

habiendo sido solicitantes de revisión de cese irregular al amparo de Ley Nº 27803, en el mes de agosto de 2002 ante el MTPE de Lima y distintas reparticiones del país, y no habiendo salido en ninguno de los tres listados de la misma,y habiendo transcurrido con exceso todos los plazos desde la presentación de nuestras solicitudes sin conocer hasta la fecha las razones por las cuales no fuimos incorporados, HA LLEGADO LA HORA DE RECLAMAR NUESTRO DERECHO SOBRE NUESTRAS SOLICITUDES, EN RAZÓN QUE HA OPERADO EL SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO.

Hoy es una necesidad de plantearla y nada debe detenernos porque esta en camino un nuevo genocidio laboral que se ha cocinado en el seno de la Comisión Ejecutiva, decenas de miles de compañeros que habiendo presentado sus solicitudes en el año 2002 dentro del marco de la ley, serán discriminados nuevamente. El Ejecutivo y el oportunismo representado por cúpulas de cgtp, ctp, cut,  han concertado en eso, y esta probado cuando desde el año 2010 ha planteado “ampliación de cuarto listado solo para 4,000”.
Señalamos sin ambages:¿como se puede exigir hoy reclamaciones o impugnaciones a solicitudes que hasta hoy están pendientes por resolver?, ¿sobre que argumentos se podría reclamar o impugnar si el mismo Estado ha incumplido con calificar mas de 70,000 solicitudes y ha reconocido en documento firme sobre la no existencia de documentos que prueben la calificación de nuestras solicitudes del año 2002?; es decir, la Comisión Ejecutivas hoy esta pidiendo un imposible jurídico, lo cual es refutable.
Por ello Funetcincences desde tiempo atrás ha planteado respeto al debido procedimiento administrativo, y como en el campo administrativo las Autoridades o Funcionarios son JUEZ Y PARTE, empoderados mucho mas hoy con la dación del D. legislativo Nº 1272, donde el funcionario estatal no será tocado ni con el pétalo de una rosa cuando incumpla obligaciones, (por ello no hay sanciones para incumplimientos de ejecución de sentencias judiciales) corresponde agotar la vía administrativa para ir a la vía idónea jurisdiccional y DAR INICIO  A UNA LUCHA LEGAL MASIVA, PORQUE HAY CAMINO PARA ELLO, Y ESTA LUCHA COADYUVE A LO PRINCIPAL QUE ES LA LUCHA DE ACCION DE MASAS.

Todos los despedidos que han presentado sus solicitudes en el año 2002 deben presentar el recurso de apelación que publicamos con el presente material y con la firma de un abogado de su libre elección, adjuntando solamente copia de su DNI y Copia simple de su cargo del año 2002. El Funetcincences sirviendo a la clase, asume el compromiso de luchar y apoyar en lo jurídico a todos los compañeros despedidos desde el inicio hasta el final, bastando para ello el deseo de luchar a brazo partido por el respeto de nuestro derecho y acercándose y participando activamente en nuestra Organización Nacional que hoy cuenta con representación en 22 Regiones del País.

El presente recurso de apelación pueden presentarlo aun así hayan presentado su solicitud de revisión en el año 2007 con la Ley Nº 29059 en razón que el primer pedido obedece A UNA REVISION DE CESE IRREGULAR, MIENTRAS QUE EL SEGUNDO PEDIDO CON LA LEY Nº 29059 SE REMITE A UNA NUEVA REVISION, POR CAUSALES DE IRREGULARIDAD Y CONTRAVENCION A LA CONSTITUCION, REGLAMENTO Y LA LEY.

ABSTENERSE EN VENIR CUCHILLOS, ARTEROS, VENDEDESPEDIDOS Y PROMOTORES DE AMPLIACIONES DE 4TA LISTA QUE DISCRIMINA A LOS COMPAÑEROS DESPEDIDOS.

Nuestra Departamento Legal y de soporte Técnico Jurídico se encuentra en Jr. Carabaya Nº 940 Oficina 408 cercado de Lima, (costado de Plaza San Martin) horario: de 9.00 am a 1.00 pm  y de 3.00 pm  a  6.00 pm.

Nuestro e mail: funetcicnences@hotmail.com

Estas acciones se realizara sin dejar de lado a TODOS  los compañeros que basan sus reclamaciones sobre las analogías vinculantes, su fundamento es la que el Poder Judicial ha expresado en sentencia: A IGUAL CAUSAL, IGUAL DERECHO.

Lima, 27 de diciembre de 2016.


sábado, 17 de diciembre de 2016

F U N E T C I N C E N C E S


A GESTION DE FUNETCINCENCES, MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES INTERVIENE EN CESES IRREGULARES DE LA LEY Nº 30484.
 En razón que los trabajadores cesados irregularmente de la década de los noventa, son víctimas de genocidio laboral constituyendo un sector vulnerable, nuestra Organización el Funetcincences ha gestionado ante la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fin que interceda ante el MTPE, para efectuar el desagravio y defensa de los derechos de todos los despedidos de la década de los noventa. Así consta en el Oficio Nº 1827-2016-MIMP-SG, Oficio Nº 6554-2016-MTPE/4, Oficio Nº 1945-2016-MIMP/DGFC,su fecha 12 de Diciembre del 2016.

Esta loable intermediación del Ministerio de la Mujer, se suma a la indesmayable lucha del Funetcincences, que en cada reunión que se sostiene con los funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se exponga las justas necesidades como:




1. DESPEDIDOS REPOSICION, NUNCA MAS DESPIDOS.


2. INCORPORACION DE DESPEDIDOS EN EL REGISTRO NACIONAL, SIN DISCRIMINACION POR SER VICTIMAS DE GENOCIDIO LABORAL.


3. INMEDIATA REINCORPORACION A SUS CENTROS DE TRABAJO DE TODOS LOS DESPEDIDOS QUE ESTANDO INSCRITOS EN EL RNTCI, TODAVIA NO TRABAJAN EFECTIVAMENTE.

4. RESPETO AL DEBIDO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, IGUALDAD ANTE LA LEY, TRANSPARENCIA.

5. DEBIDA ATENCION A LAS SOLICITUDES QUE HABIENDO PRESENTADO AL AMPARO DE LA LEY 27803 EN EL AÑO 2002, A LA FECHA NO HAN SIDO CALIFICADOS POR LA COMISION EJECUTIVA.




6. A IGUAL RAZON O CAUSAL, IGUAL DERECHO.

En estas condiciones y con intervenciones de Ministros de otros pliegos para que se escuche los planteamientos del Funetcincences, se viene dando los tratos con el MTPE, cuyos Funcionarios van comprendiendo las necesidades de una mayoría de despedidos que no se encuentran representados por ninguna central sindical que integra la Comisión Ejecutiva.



Las centrales sindicales al apostar por un listado de “solo para 4,000 despedidos”, han puesto su propio límite de representación, y el resto de despedidos que no se encuentra comprendido en su “lista única” manejada desde tiempo atrás, hoy se ve representado por el Funetcincences que defiende al conjunto.


Entonces extraoficialmente podemos prever que las cúpulas de centrales sindicales solo representarían al 10% de despedidos que han presentado sus expedientes al amparo de la Ley 30484 y el 90% lo representaría el Funetcincences, lo cual lo asumimos con bastante humildad y responsabilidad. POR ELLO ESTE VIERNES 16 DE DICIEMBRE 2016, TODOS AL CAMPO DE MARTE A LAS 10.00 AM PARA DEMOSTRAR A LOS DISCRIMINADORES Y VERDUGOS, QUE LOS DESPEDIDOS SI TIENEN UNA ORGANIZACIÓN CON LEGITIMIDAD PARA OBRAR, DEFENDER Y LUCHAR.

Lima, 14 de Diciembre 2016.