Lima, 29 de diciembre 2014
LEY Nº 30288, “LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL
Y A LA PROTECCIÓN SOCIAL”, ES UNA LEY NULA PORQUE HA NACIDO MUERTA
La Ley Nº 30288, “Ley que promueve
el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social”, también llamado
como “Ley de Régimen Laboral Juvenil”, hay que analizarlo en un contexto en que
el mundo actual tiene como un hecho central en que en los países dependientes
de EE.UU. por mas de 20 años viene beneficiándose solo a los monopolios
imperialistas, generando mayor acumulación de riqueza a la gran burguesía a
cambio del despellejamiento de trabajadores y obreros y la negación
compulsiva de todos los derechos
laborales y constitucionales de los pueblos oprimidos. Esta política es impuesta
principalmente por el imperialismo de EE.UU, mediante intervención directa del BM, BID, FMI, etc.
Al mismo tiempo, grandes masas son
expulsadas del trabajo conformándose el ejército de reserva industrial. El
capital destinado a pagar fuerza de trabajo cada vez se reduce más,
incrementándose el capital
principalmente para beneficio de las grandes empresas monopólicas
transnacionales que no absorbe mano de obra con derechos, de tal modo que la
mano de obra en todos los procesos productivos y todas partes se abarata hasta
los límites de la sola subsistencia.
Así, a pesar de los ingentes
recursos y gran producción globalizada, la sobreexplotación, el hambre y la
miseria se hacen más grandes en los pueblos y naciones, principalmente de Asia,
África y América Latina.
En el Perú, la economía
nacional, totalmente desindustrializada
por la política neoliberal iniciada en la década de los noventa por Fujimori,
pasando por Toledo, García y Humala quien viene desarrollándola actualmente,
continua como lo fue antes, primario exportador, en la que la acumulación de
riqueza en pocas manos, el despojo de los medios de producción como el REGIMEN LABORAL ESTABLE por ejemplo, la
privatización, se privilegia sin que pueda absorber mano de obra con derechos
laborales, suprimiendo todo lo que implique regímenes laborales de estabilidad
en el trabajo y derechos conquistados por la clase con sangre, dolor y
lagrimas.
EL ESTADO PERUANO PROMUEVE LEYES DE REFORMA CONTRA EL PUEBLO
Así, tenemos que el Estado peruano encabezado
por Ollanta Humala, como sostenemos, sirviendo principalmente a intereses de EE.UU.
al BM, FMI, BID, promueve leyes inconstitucionales contra el pueblo como la Ley
Nº 29944 y conexos “Ley de Reforma Magisterial” para el despido de maestros del
Perú, Ley Nº 30057 “Ley de Servicio
Civil” para despedir masivamente como en la década de los 90 a trabajadores
estatales, Ley Nº 30065 “Ley de Fortalecimiento de SUNARP” para despedir a
trabajadores de los Registros Públicos, Ley Nº 30220 “Ley Universitaria” de
Intervención por parte del Estado en la
Universidad Peruana, D.S. 127-2014-EF para privatizar varios entes estatales
incrementando los altos índices de desocupación constituyendo el principal
problema para los trabadores; y, últimamente la inconstitucional Ley Nº 30288
“Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección
social” que en el fondo es una Ley de sobre explotación para la juventud
peruana entre los años 18 a 24 años de edad.
Por eso, por razones estrictamente
económicas, se desenvuelve un movimiento social de fondo a lo largo y ancho del
país que tiene su base en la creciente, desocupación, carencia de trabajo para
las masas populares, flexibilización laboral, cambio autoaplicativo automático
de régimen laboral estable por otro flexible, privatización, mercado interno
abandonado por la economía oficial siendo asumido por los más pobres mediante
actividades económicas pequeñas y propias; a quienes el Estado sólo les
retribuye con exacciones, persecución y represión. La desocupación y el desempleo no sólo golpean a
los propios desempleados y desocupados sino al conjunto de la clase obrera y el
pueblo.
LEY Nº 30288 “LEY DE REGIMEN JUVENIL” ES UNA LEY NULA PORQUE NACIO
MUERTA.
Respecto a esta ley, ha nacido
muerta porque es inconstitucional y discriminatoria, viola principios
constitucionales y derechos fundamentales, en razón que crea un régimen laboral
restrictivo dentro de un mismo régimen general laboral, un régimen para jóvenes
de 18 a 24 años con restricción de beneficios, en tanto los otros tienen un
régimen laboral con mas beneficios; es
decir, se instituye en un mismo régimen laboral general una discriminación de
trabajadores por razón de la edad de las personas. Sostenemos que según la Constitución vigente, la Ley es un mandato impersonal,
no se debe tener en cuenta a las personas; por esta principal razón no debe
proceder de la diferencia de éstas, sino de la naturaleza de las cosas. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) indica que la disminución de beneficios no garantiza la reducción
de informalidad.
Así, esta Ley viola entre otros
artículos, el Art. 103 de la Constitución Política de Estado que literalmente
dice: “Pueden expedirse leyes especiales
porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razón de las
diferencias de las personas. …”. ¡Mas claro ni el agua!, entonces esta ley
ha nacido muerta, merece ser expulsada
del ordenamiento jurídico bajo sanción de NULIDAD
ABSOLUTA; Asimismo viola el Art. 323
del Código Penal, por cuanto hay discriminación de lesa humanidad ya que nadie
puede discriminar a una o mas personas o grupo de personas, o incita o promueve
en forma publica actos discriminatorios, por motivo racial, religioso, sexual,
de factor genético, filiación, edad,
discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión
política o de cualquier índole, con el objeto de menoscabar el reconocimiento,
goce o ejercicio de los derechos de la persona. Jurídicamente no cabe otra
sanción para esta ilegal Ley Nº 30288, otros pedidos es considerarlo como una
norma viva a algo que ha nacido muerta. Insistimos, corresponde ser expulsada
bajo sanción de NULIDAD; esta
sanción de nulidad también merece las leyes Nos 29944 y conexos, 30057, 30065, etc.,
todas estas leyes de reforma que promueven el cambio autoaplicativo y
automático del régimen laboral estable por otro flexible y sin liquidación
alguna, leyes neoliberales promulgadas para despedir masivamente a trabajadores
so pretexto de “evaluaciones”, como ya se esta viendo la Ley de Reforma
Magisterial ya cesó a docentes por limite de edad los 65 años y en Enero
despedirán masivamente a maestros interinos de Educación, luego vendrán los
trabajadores estatales, trabajadores de los Registros Públicos, Salud,
enfermeras, etc. ultractivamente hoy
pretenden revivir las leyes de despido masivo del fujimorismo, que fueron sepultadas con luchas de los
trabajadores despedidos durante la década de los noventa.
En conclusión, con fines
neoliberales, de acumulación de riqueza en pocas manos y despojo de lo poco que
le queda al pueblo, el Estado peruano pretende seguir desarrollando
planificadamente el actual modelo económico en contra del pueblo, barriendo
todos los derechos laborales y persiguiendo a quien ose no estar de acuerdo con
este modelo; por tanto corresponde al pueblo, a las masas mas humildes y pobres
bregar por una respuesta a estas agresiones aplicando la política del frente
único, sin ser furgón de cola de las cúpulas del oportunismo que en estos
últimos tiempos se han convertido en verdugos de la propia clase.